Por Gabriela Cruz – La Palta.-

Foto: Bruno Cerimele

“Condenar a Manlio Torcuato Martínez a la pena de 16 años de prisión”, había leído el secretario del Tribunal Oral Federal de Tucumán el 12 de junio del año 2015. La emoción contenida durante la lectura de las primeras líneas de la sentencia explotó en abrazos y lágrimas. La justicia esperada por tantos años parecía posible para los familiares y amigos de los cinco militantes asesinados en la calle Azcuénaga. Tucumán asistía al onceavo juicio de lesa humanidad y esta vez tenía sentado en el banquillo, nada más y nada menos, que a un ex juez federal.

“A los 29 días del mes de junio del año 2017 se reúne la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por la doctora Ana María Figueroa, como presidente y los doctores Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky”, son las líneas que encabezan la primera de las 168 páginas del fallo conocido este viernes 30. “La resolución de la Cámara anula la sentencia del año 2015 y ordena que el tribunal dicte un nuevo fallo en el que no se lo puede condenar por el delito de asociación ilícita”, resume el fiscal federal Pablo Camuña. Los abogados defensores del ex juez no tardaron en reaccionar y el mismo viernes presentaron el pedido de excarcelación de Martínez. “Nosotros ya corrimos vista y nos opusimos”, advierte Camuña y explica que los otros delitos por los que fue condenado se sostienen. Por lo pronto, la libertad de Manlio Martínez es una posibilidad que dependerá de lo que resuelva el tribunal que dictó la sentencia hace dos años: Hugo Cataldi (presidente), José Asís y Mario Garzón.

Manlio Torcuato Martínez llegó a juicio imputado de los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público y denegación y retardo de justicia, en carácter de partícipe, en los homicidios calificados de María Alejandra Niklison, Fernando Saavedra, Eduardo González Paz, Juan Carlos Meneses y Atilio Brandsen. También por abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, prevaricato, privación ilegítima de la libertad en relación a Miguel Atilio Romano. Finalmente, fue imputado por haber sido miembro de una asociación ilícita. De todos estos delitos fue hallado culpable después de tres meses de audiencias. La causa en cuestión es, de alguna manera, un apéndice de la que se juzgara en el año 2011 y que se conociera como Romero Niklison. La sentencia por esta primera parte ya quedó firme, por lo que Benjamín Menéndez y Roberto Heriberto Albornoz obtuvieron la condena de prisión perpetua. En aquella ocasión, otro tribunal consideró que había quedado probada la responsabilidad de esos imputados en el hecho que ocurriese en la casa de calle Azcuénaga al 1800 el 20 de mayo de 1976. En esa casa vivían María Alejandra Niklison, Gerardo Romero y la hija de la pareja de un año y medio de edad. Ese 20 de mayo María Alejandra estaba reunida con Fernando Saavedra, Juan Carlos Meneses, Atilio Brandsen y Eduardo González Paz cuando las fuerzas armadas irrumpieron en el domicilio. Según indica la sentencia, los cinco militantes fueron fusilados y Miguel Atilio Romano (propietario del domicilio) fue detenido de manera ilegal.

“Él viene a esta causa porque no investigó a los responsables de los asesinatos de la calle Azcuénaga y porque sometió a proceso a una persona, que era el dueño de esa casa, y lo privó ilegítimamente de la libertad”, había explicado en 2015 el fiscal Pablo Camuña refiriéndose a la imputación de Martínez. “Y además porque lo que estaba haciendo era cumplir la promesa de impunidad que les había hecho a los ejecutores. Cuando los van a matar a ellos, los ejecutores de ese hecho sabían que no iban a ser perseguidos”. Las palabras de Camuña fueron respaldadas por decenas de testimonios escuchados a lo largo de los diez juicios que le precedieron al debate oral y público contra Martínez. Testimonios que sindicaban al ex juez de haber hecho oídos sordos a las denuncias tanto de familiares como de víctimas. De haber ‘cajoneado’ los recursos de hábeas corpus, de haber sido conocedor y cómplice de las torturas infringidas a las víctimas sobrevivientes.

“Hijita, no se queje”, recordó una testigo durante la megacausa conocida como Villa Urquiza, sustanciada en 2014. La mujer había llegado ante el ex juez después de haber pasado por ‘La Escuelita’, el centro clandestino de detención que funcionaba en la localidad de Famaillá donde había sido sometida a recurrentes violaciones. La respuesta que obtuvo de Manlio Martínez, según declaró la testigo, terminó con un: “Si es subversiva, banqueselá”.“Te digo: ¿querés que te lleve a la escuelita de Famaillá de vuelta? ¿O a la jefatura?”, contó Pedro Eduardo Rodríguez cuando declaró en la causa contra Manlio Martínez. “Usted no me puede amenazar, si usted es el juez, no me puede amenazar que me lleven al centro de concentración ese”, fue la respuesta de Pedro al por entonces juez. Rodríguez, testigo víctima había sido secuestrado en abril de 1975.

El proceso en el que se juzgó y condenó a Manlio Martínez tuvo, quizás, dos grandes particularidades. Por un lado fue la primera vez en la provincia en que un ex juez federal era imputado como cómplice de la última dictadura militar; como parte necesaria para la perpetración de los crímenes más aberrantes cometidos en tierra argentina. La otra particularidad estuvo sentada en el lugar de los abogados querellantes. María Alejandra Romero Niklison, la niña de un año y medio que vivía en la casa de calle Azcuénaga, la única hija del matrimonio masacrado ese 20 de mayo; fue una de las abogadas que llevó adelante la querella. Escuchó al ex juez sostener su inocencia. Lo miró a la cara mientras el hombre de canas y anteojos afirmaba que fue una especie de rehén de un sistema de terror que no le dejó más alternativa que actuar como lo hizo.

Después de aquella sentencia condenatoria para el ex juez, los familiares de las víctimas decían que era un ‘principio de justicia’. Hoy, son las palabras de uno de los testigos las que parecen tomar fuerza y redefinir su dimensión. Fernando Sosa Padilla, antes de retirarse de la sala en una de las audiencias de 2015, reprochó las decisiones de la Cámara de Casación Penal que dejaba genocidas condenados en libertad. Entonces eligió hacer suyas las palabras que Julio César Strassera dijera en 1985: “Con este juicio tenemos la oportunidad de fundar una paz. Una paz no basada en el olvido sino una paz basada en la memoria. Una paz basada no en la violencia sino en la justicia”. Y al igual que aquel juez que actuara en el juicio a las Juntas dijo: “Señores jueces, nunca más”.