Más cerca del aborto legal: media sanción para el proyecto de ley

Después de una sesión maratónica de 20 horas y con más de 150 oradorxs, la Cámara de Diputados aprobó la Interrupción Voluntaria del Embarazo por 131 votos a favor, 117 en contra, y 6 abstenciones.

Más cerca del aborto legal: media sanción para el proyecto de ley

Por Cosecha Roja
10/12/2020

El proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo ya tiene media sanción: tras 20 horas de debate, la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa del Poder Ejecutivo que legaliza el aborto hasta la semana 14 inclusive. 

MIRÁ LA COBERTURA DE COSECHA ROJA 

Como en 2018, miles hicieron el aguante en las inmediaciones del Congreso. La marea verde volvió a las calles, convocada por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Hubo vigilias en todo el país, en las plazas, en las casas y en las redes.          

Vigilia feminista durante la sesión en diputadxs por el aborto legal. CABA, 10 de diciembre de 2020. Foto: Paola Olari Ugrotte

Vigilia feminista durante la sesión en diputadxs por el aborto legal. CABA, 10 de diciembre de 2020. Foto: Paola Olari Ugrotte

Puertas adentro, el aguante lo hicieron, además de lxs diputadxs que votaron a favor, funcionarixs del Gobierno Nacional: desde temprano, estuvieron en los palcos turnándose para seguir la sesión el ministro de Salud, Ginés González García; la ministra de las Mujeres y las Diversidades, Elizabeth Gómez Alcorta, y la ministra provincial de las Mujeres, Estela Díaz, entre otrxs. 

Las claves del proyecto 

Las mujeres y otras personas con identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana 14 inclusive.

Fuera de ese plazo, sólo si:

*El embarazo fuera resultado de una violación.

*Si estuviera en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

EN UN PLAZO MÁXIMO DE 10 DÍAS

Toda persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en un plazo máximo de 10 días corridos desde su requerimiento.

MENORES DE EDAD

a) Las personas menores de 13 años podrán solicitar una IVE mediante su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno/a de sus progenitores/as o representante legal.

b) Lxs adolescentes de entre 13 y 16 años, se presume que cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida. En esos casos será necesario, además de su consentimiento, el asentimiento de al menos uno/a de sus representantes legales. (artículo 26 del Código Civil y Comercial).

c) Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento.

OBJECIÓN DE CONCIENCIA

El o la profesional de salud tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. Deberá derivar a la paciente para que sea atendida sin dilaciones y adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica.

No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto.

Las clínicas privadas que cuenten sólo con objetores, deberán garantizar la derivación. En el sector público deberán garantizar la atención con profesionales no objetores.

EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL Y SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA

El Estado Nacional, las Provincias, la CABA y los Municipios tienen la responsabilidad de implementar la Ley N° 26.150 de Educación Sexual Integral, así como capacitar a docentes y personal de la salud.

MODIFICACIONES DEL CÓDIGO PENAL

Se fijan diferentes penas para lxs profesionales de la salud que dilaten, obstaculicen o se nieguen a practicar la IVE en contravención de la normativa vigente.