pizzi justicia por mano propia

Mario Alberto Juliano* – Cosecha Roja.-

El 10 de febrero los jurados ciudadanos de Necochea juzgaron a un par suyo, acusado por el delito de homicidio agravado por el uso de armas de fuego. Horacio Pizzi (el imputado) vivía en El Bajo, uno de los barrios conflictivos de Quequén, también conocido como El Sifón, a pocas cuadras del río que da nombre a la ciudad. Un lugar humilde, de casas bajas, con mayoría de familias dedicadas al trabajo y otras que no han tenido las mismas oportunidades, aquellas que habitualmente catalogamos como “marginales”.

Pizzi había sido víctima de varios hechos contra la propiedad. El que sufrió la última vez (el robo de una amoladora que utilizaba para trabajar) colmó su capacidad e hizo la denuncia. Pero a partir de ese momento se bifurcan las versiones. Pizzi dice que un muchachito fue a su casa a decirle que si quería recuperar las herramientas tenía que esperar en una esquina del barrio con $ 500. Fue al lugar indicado y cuando llegó dos muchachos lo quisieron asaltar con un arma de fuego. Forcejearon y se produjo un disparo que mató a uno de los asaltantes.

La otra versión dice que a Pizzi le avisaron quiénes habían sido los autores del delito, que se armó con una pistola y un cuchillo y los fue a buscar. Cuando los encontró les disparó varias veces y mató a uno de ellos.

El fiscal pidió una condena por el homicidio agravado, solicitando expresamente que se mandara un mensaje al resto de la sociedad: hacer justicia por mano propia no es el camino y los conflictos deben resolverse dentro de la ley.

La defensa respondió que en este caso se enfrentaban dos clases de sociedades: la de los tipos que laburan, como Pizzi, que se levantan todas las mañanas para ganarse la vida, y la de los individuos que roban y viven del trabajo del resto. Lo que le había ocurrido a su defendido le podría haber pasado a cualquiera de los jurados, dijo.

Luego de una extensa jornada de más de doce horas de debate, los vecinos y las vecinas se retiraron a deliberar, regresando con un veredicto unánime de No culpabilidad.

Había terminado el largo calvario de Pizzi, que se retiraba del tribunal victorioso, con los brazos en alto, como al cabo de algún encuentro deportivo. Los familiares de la víctima, que también siguieron el juicio, no pensaron lo mismo.

Este veredicto se suma a otro similar ocurrido a fines del año pasado, también en Necochea, donde los jurados ciudadanos tuvieron que resolver la suerte de una familia (el padre y sus dos hijos), acusados de haber privado de la libertad a una persona que supuestamente les había robado un vehículo, a quien golpeaban en una quinta de Quequén, hasta que la policía los descubrió. En este caso los jurados también absolvieron a los acusados.

El panorama planteado abre el terreno para una serie de especulaciones, siempre con el grado de incertidumbre que nos propone el análisis social de los comportamientos individuales y colectivos.

1) Confirmar el grado de legitimidad que tienen las decisiones de los jurados. Sus veredictos nos podrán agradar más o menos, de acuerdo a la lógica desde la cual los observamos. Pero lo cierto es que los jueces por un día se pronuncian y en lo absoluto se genera el estrépito que suelen causar los fallos de los jueces profesionales en los casos controvertidos y mediatizados. Es el soberano el que decide y el resto acata lo resuelto por sus pares. Por el contrario, me encuentro en condiciones de asegurar (la experiencia lo demuestra), que casos como el de Pizzi, juzgados por tribunales profesionales, cualquiera fuese la decisión, generaría insatisfacción en buena parte de la sociedad y los medios de comunicación.

2) El veredicto absolutorio del vecino justiciero era una hipótesis factible. Era mucho más sencillo para los vecinos y las vecinas hacer empatía con el laburante cansado que le roben que con los chorritos que asolaban la barriada. Casi como una regla de tres simple. Lamentarnos (aquellos que tenemos una formación en los Derechos Humanos) de la decisión de los ciudadanos puede llevarnos a conclusiones divorciadas de la realidad, como frecuentemente suele ocurrirnos.

Las opciones eran: condenarlo a Pizzi y mandarlo por lo menos durante diez años a la cárcel de Batán (al infierno) o absolverlo y legitimar la justicia por mano propia, un pésimo mensaje al resto de la sociedad.

¿Existía otra opción? Creo que sí y eso es lo que debió analizar con más detenimiento la fiscalía, para no generar la encerrona de “plata o mierda”, jugarse el todo por el todo, con los previsibles resultados adversos. Es probable que la fiscalía pudiera ofrecer a los jurados una opción no tan radical (cárcel prolongada para un vecino laburante) y haber examinado el camino de una sanción atenuada, como la que se deriva del homicidio con exceso en la legítima defensa, que podría implicar la condena a la conducta de Pizzi, pero a su vez evitar el penoso encierro.

3) El veredicto absolutorio admite otra lectura. El mensaje no tiene que ser, necesariamente, el de la luz verde a la violencia individual. Es factible hacer una interpretación diferente a la primera que se nos ocurre, más compatible con una ciudadanía que quiere vivir en paz.

Los jurados justificaron a Pizzi, en su dramática decisión, ante la ausencia del Estado en la gestión de los conflictos. Pizzi, como muchos otros vecinos en su misma situación, ya había sido víctima de hechos contra la propiedad. Vivía en un sitio conflictivo. Estas circunstancias no podían ser ignoradas por los encargados de proveer seguridad a las personas y a los bienes que, sin lugar a dudas, constituye un derecho importante y trascendente.

La respuesta del Estado se ha restringido al despliegue policial en la vía pública. Cada vez más efectivos y más móviles, sumado a las cámaras de vigilancia y otros equipos, con declaraciones de emergencia mediante. Evidentemente no ha sido suficiente. La visión exclusivamente policial de la seguridad pública no alcanza para satisfacer las necesidades y reclamos del vecindario y es preciso plantearse gestiones inteligentes de la conflictividad, asistiendo en aquellos sitios y con aquellas personas donde es de presumir que pueden entrar en conflicto con la ley.

En estos términos, el veredicto absolutorio también puede ser visto como un llamado de atención al Estado, para que extreme las respuestas a la conflictiva social. Respuestas que no tienen que reducirse a la cárcel y a la policía y que puede incursionar por caminos más constructivos y edificantes, orientados a la pacificación y la convivencia.

*Director Ejecutivo de la Asociación Pensamiento Penal y juez del Tribunal en lo Criminal 1 de Necochea.

Foto: Ecos diarios

Nota publicada el 12/2/2015