elpela2Julia Muriel Dominzain – Cosecha Roja.-

Rosa Montenegro pasó la noche entera buscando a su hijo entre la Comisaría 48 de Ciudad Oculta y el Hospital Santojanni. Primero le dijeron que estaba detenido, después que había chocado en Piedra Buena y Saraza y más tarde, que estaba muerto. La versión oficial fue que Marcelo Montenegro -El Pela- iba con un amigo en un auto, que estaban armados y que la policía disparó “repeliendo una agresión”. Rosa no les creyó y se puso la investigación al hombro: analizó las marcas que quedaron en el auto, habló con los vecinos, contactó a la Asociación Miguel Bru y peleó en los tribunales. La Justicia sobreseyó tres veces a los policías hasta que una jueza desestimó el relato policial del enfrentamiento y los procesó. “El auto recibió cinco balazos y murió Marcelo y el patrullero no tiene ni un signo de ataque: queremos discutir qué pasó en un juicio oral y público”, dijo a Cosecha Roja Nahuel Berguier, abogado de la familia.

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El Pela tenía 21 años, hacía changas, trabajaba en la panadería del barrio y como ayudante de albañil. Cuando estaba ocupado, era cuando de mejor ánimo lo veía su familia. En el brazo llevaba tatuado el nombre de su mamá y estaba a punto de presentarle a la novia. Su hermano de 20 era uno de sus mejores amigos. Mía, su hermanita de poco menos de dos años, era su debilidad. Cuando el 7 de julio de 2012 lo mató la Policía Federal, la familia se paralizó.

– A Pela lo mató yuta ¡pum! – dijo Mía poco tiempo después del crimen.

La nena apenas sabía hablar y Rosa se impresionó. Ese fue el momento en el que supo que tenía que hacer algo, contó Cosecha Roja. Entonces fue a ver el auto, reconstruyó la escena, habló con los vecinos, se acercó a la Bru -una asociación que acompaña a las familias víctimas de violencia institucional con asesoramiento jurídico y contención- y conoció a Rosa Schonfeld, la mamá de Miguel, que la alentó cada vez que se desanimó.

– Me dijeron que no – contaba la mamá del Pela cuando volvía de Tribunales con una pálida.

– No importa. Vos seguí yendo. Te van a decir mil veces que no, hasta que un día te dicen que sí – respondía Rosa.

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Esa noche de julio, Pela estaba con amigos en la canchita a donde solía parar. “Vamos a lo de mi primo y venimos”, le dijo El Chino y salieron. Según cuentan en el barrio, alguien les pasó la llave de un Renault Twingo dorado que estaba estacionado en la cuadra desde hacía tres días. El relato policial cuenta una de las versiones de lo que pasó después:

“Personal del cuerpo de policía de prevención radial alertó sobre un auto que entró a toda velocidad a la villa. De acuerdo a lo que dijo un vecino, los dos ocupantes estaban armados. El móvil 148 tomó la Avenida Eva Perón, dobló en Lisandro de la Torre y vio al auto salir por la calle La Rosa. Lo persiguieron. Tomaron Zuviría por Piedra Buena y el ‘acompañante sacó una arma de fuego por la ventanilla y efectuó dos o más disparos’. Vieron que ‘un elemento cae del vehículo’. Repelieron la agresión. Ambos vehículos doblaron. El Twingo perdió el control, derrapó y colisionó contra un paredón. En el marco de dicha prevención, Maturano fue detenido y Montenegro recibió un disparo de arma de fuego por parte de los preventores que provocó su muerte”

En la causa figuran los diálogos por radio entre los policías:

Móvil 148: – Por Lisandro de la Torre lo tengo al Twingo, va en velocidad yendo hacia lo que es Elefante Blanco. Se está yendo a la fuga, que vayan los móviles por Piedra Buena.

Trinomio 3: – Comando, según un vecino se encontraban armados los dos, eh.

Móvil 148: Se dio un palo. Chocó, chocó, Piedrabuena y Goleta.

Comando: Piedra Buena y Goleta los móviles en código 3.

Móvil 148: Prioridad enfrentamiento.

El choque y los disparos fueron a las 3 y media de la mañana y el juez dispuso la intervención de Gendarmería recién 13 horas después. Todo ese tiempo, la escena del crimen fue “preservada” por los mismos policías de la 48. En ese lapso secuestraron un arma a seis cuadras de distancia del choque en un charco de agua estancada. Según las pericias, tenía “una sola vaina percutida y un proyectil obturado”. Hay dos posibilidades: que directamente no tuvieran arma o que fuera cierto que el arma que encontraron a seis cuadras era de ellos. En cualquier caso, al momento del choque y del supuesto enfrentamiento estaban desarmados. “Inexplicablemente, la mención al enfrentamiento se efectuó con posterioridad a la colisión”, escribió la jueza Wilma López.

El Pela murió porque un proyectil entró por la zona izquierda del baúl, atravesó el respaldo del asiento trasero y el delantero derecho e impactó en su tórax. Otra bala rozó su labio.

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El juez Diego Slupski sobreseyó a los policías tres veces. La Asociación Miguel Bru apeló, “para que se continúe con la investigación, cumplir con derecho de acceder a la verdad de la familia y evitar el cierre de la causa, en la que existen fuertes sospechas contra funcionarios del estado”, dijo Rosa. En los dos primeros casos, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que no había méritos para procesarlos o sobreseerlos. En la tercera oportunidad decretó la nulidad de la decisión y apartó al juez de la causa. “Las resoluciones de Slupski eran la clásica y rutinara convalidación ciega del accionar policial por parte del Poder Judicial. La firme decisión de la familia y el acompañamiento permanente de Rosa Bru pusieron en evidencia que existe un relato distinto al de las actas policiales”, dijo el abogado Berguier.

Cuando la causa llegó a López, la jueza procesó a Emmanuel Alejandro Díaz (iba como acompañante), Mario Nicolás Medina (manejaba) y Diego Marcelo Calderón (iba en el asiento de atrás) como coautores penalmente responsable del delito de homicidio agravado por ser miembros de una fuerza policial. Se basó en el concepto de “convergencia intencional” del fallo por el caso de Mariano Ferreyra: “Si plurales sujetos deciden de manera conjunta asumir riesgos jurídicamente desaprobados, cualquiera de los dos que concreten el resultado se extiende a todos, porque ese riesgo se corre de manera conjunta”, escribió.

El disparo policial estuvo por fuera de la Ley Orgánica de la Policía Federal y del Código Procesal Penal de la Nación. Las armas reglamentarias se pueden accionar “sólo en defensa propia o de las otras personas y ante el peligro inminente de muerte o lesiones graves”. Además, el artículo 8 inciso de la  Ley 21965 especifica que “no se efectúan disparos contra vehículos en movimiento para forzar su detención”.

En 2014, las fuerzas de seguridad mataron a 154 personas en la Región Metropolitana de Buenos Aires. Los datos son el Informe Anual del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Desde 2004 no se registraba un número tan alto. “Los proyectos populares en América Latina viven una tensión en materia punitiva: mientras amplían derechos de los pibes de los sectores populares (educación, salud, trabajo) y los convocan masivamente a la participación política y a la construcción de ciudadanía, todavía tienen una deuda respecto a la violencia de las fuerzas policiales”, dijo Berguier.

FOTO: Cosecha Roja

[Publicada el 17/6/2015]