La Corte Suprema de Tucumán debe decidir si deja sin efecto la condena que pesa sobre Belén, si la sobresee. Hoy vence el plazo de 90 días para revisar las irregularidades del caso y exonerar a la mujer.

En agosto de este año, esa misma Corte ordenó liberar a Belén, condenada a ocho años de prisión por homicidio agravado por el vínculo: había tenido un aborto espontáneo y fue a pedir ayuda al hospital. Los jueces Antonio Gandur, Antonio Estofán y Daniel Posse consideraron que no se respetaron los requisitos del proceso judicial. También dijeron que la condena de primera instancia no es fundamento para la prisión preventiva.

Belén estuvo más de 900 días encarcelada. Le fue negado el derecho de asistir al juicio en libertad y a esperar que la condena quedara firme. La abogada de Belén, Soledad Deza, había pedido el cese de la prisión preventiva ya que no había pruebas concretas de que se haya cometido un homicidio y tampoco existía peligro de fuga.

Innocence Project Argentina, entonces, puntualizó contradicciones, falta de prueba inculpatoria y violaciones a principios constitucionales. Entre las irregularidades están:

– Los exámenes: los exámenes forenses informan resultados sobre distintos fetos.
– El ADN: nunca se realizó un ADN entre Belén y el feto.
Conservación de la prueba: irregularidades, el feto está desaparecido.
– La autopsia: no se determinó si el feto encontrado nació con vida.
– La hipótesis: no hay pruebas de que el traumatismo en el feto encontrado haya sido provocado por Belén.
– Los horarios: el feto fue encontrado a las 3 a.m. Belén ingresó a la guardia 50 min. después.
– El lugar: no está probado que Belén haya ido al baño donde fue encontrado el feto.
– Los testimonios: varios testimonios resaltan que el baño en el que fue hallado el feto se encontraba limpio. Nadie dice lo contrario.
– Los testimonios: varios testimonios resaltan que al regresar del baño, Belén no tenía manchas de sangre en su ropa. Nadie dice lo contrario.
– Los testimonios: varios testimonios resaltan que Belén no tenía un estado de embarazo visible. Nadie dice lo contrario.
– Las declaraciones: Belén declaró que no sabía que estaba embarazada. El tribunal no tuvo en cuenta esta declaración.
– La defensa: Belén sostuvo su inocencia en todo momento. Su defensa previa, no.

Según la abogada de Belén, tras la lectura de los fundamentos, los jueces coincidieron en que no hacía falta ningún ADN porque las pruebas contra la joven eran “contundentes”. Señaló que la defensa nunca planteó la no culpabilidad de la joven. Además, para los miembros del tribunal, el secreto profesional médico cede cuando una vida está en peligro.

La joven tucumana de 27 años fue acusada de un crimen que le queda grande. Sufrió el destrato de los profesionales del Hospital Avellaneda: el médico José Daniel Martín y la partera Marta Monje la denunciaron a la policía y le confiaron el secreto médico-paciente. Hubo grandes confusiones alrededor de la historia clínica y al feto nunca le tomaron muestras de ADN para emparejarlo con Belén.

Hoy, la Mesa de Libertad para Belén se concentrará en el Palacio de Tribunales provincial para reclamar la inmediata absolución de la joven.